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Real Decreto 1729/2010, de 17 de diciembre, por el que se indulta a don Mamerto Martínez Moreno.

BOE-A-2011-942·18 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 17 de diciembre de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mamerto Martínez Moreno, reduciendo en un año la pena privativa de libertad que le fue impuesta. El Real Decreto afecta directamente a Mamerto Martínez Moreno, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de robo con violencia cometido en 1996. La sentencia, dictada el 29 de marzo de 2000, le impuso una pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Mamerto Martínez Moreno un año de la pena de prisión impuesta. Esto significa que su condena se reduce en un año. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la parte de la pena que le fue indultada. Fundamentación:** El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que se consideraron los antecedentes del caso y se evaluó la conveniencia de conceder el indulto. En resumen, el Real Decreto es un acto de clemencia del Estado que reduce la pena de prisión de un individuo condenado, sujeto al cumplimiento de una condición específica.

Visto el expediente de indulto de don Mamerto Martínez Moreno, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección octava, en sentencia de 29 de marzo de 2000, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de diciembre de 2010,

Vengo en indultar a don Mamerto Martínez Moreno un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 17 de diciembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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