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Real Decreto 1754/2011, de 25 de noviembre, por el que se indulta a don David Coso Pérez.

BOE-A-2011-19620·16 de diciembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1754/2011, de 25 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don David Coso Pérez, conmutando la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad. El Real Decreto afecta directamente a David Coso Pérez, quien fue condenado por un delito de robo con violencia en grado de tentativa. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la comunidad donde deberá realizar los trabajos. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial: Se conmuta la pena de prisión pendiente por 40 días de trabajo comunitario. Esto significa que David Coso Pérez no tendrá que ingresar o permanecer en prisión, pero deberá cumplir con el trabajo comunitario asignado. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que David Coso Pérez no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena de prisión original. La base legal: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y se emite a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido para la concesión de indultos. La firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don David Coso Pérez, condenado por el Juzgado de Instrucción número 4 de L’Hospitalet de Llobregat, en sentencia de 1 de mayo de 2008, como autor de un delito de robo con violencia en grado de tentativa, a la pena de diez meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,

Vengo en conmutar a don David Coso Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.