decretoVigente

Real Decreto 1758/2011, de 25 de noviembre, por el que se indulta a don Constantino Prol Sanjurjo.

BOE-A-2011-19623·16 de diciembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1758/2011, de 25 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Constantino Prol Sanjurjo, conmutando la pena privativa de libertad que le quedaba por cumplir por una pena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El Real Decreto afecta directamente a Constantino Prol Sanjurjo, quien fue condenado por un delito de robo con fuerza en grado de tentativa. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la sociedad en general, al modificar la pena impuesta por un tribunal. Las disposiciones más relevantes son: La conmutación de la pena: La pena de prisión pendiente de cumplimiento se sustituye por 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Constantino Prol Sanjurjo no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, el indulto podría ser revocado. La justificación: El Real Decreto menciona que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de tomar la decisión. La autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la naturaleza excepcional y gubernamental de la medida.

Visto el expediente de indulto de don Constantino Prol Sanjurjo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife, en sentencia de 11 de octubre de 2005, como autor de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión, con accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante igual tiempo, por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,

Vengo en conmutar a don Constantino Prol Sanjurjo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.