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Real Decreto 1762/2009, de 13 de noviembre, por el que se indulta a don Lorenzo Expósito Torralbo.

BOE-A-2009-19613·5 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1762/2009, de fecha 13 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Lorenzo Expósito Torralbo, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Pamplona/Iruña por delitos de apropiación indebida y falsedad en documento público. El decreto afecta directamente a Lorenzo Expósito Torralbo, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmutan las penas privativas de libertad impuestas originalmente (tres años de prisión por apropiación indebida y seis meses por falsedad) por una única pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Lorenzo Expósito Torralbo no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, aunque no se especifican los motivos concretos que justifican la concesión del indulto. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez y oficialidad.

Visto el expediente de indulto de don Lorenzo Expósito Torralbo, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Pamplona/Iruña, en sentencia de 9 de febrero de 2005, como autor de un delito de apropiación indebida de la semiesfera de aluminio, a la pena de tres años de prisión, multa de ocho meses con una cuota diaria de 18 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y de un delito de falsedad en documento público, a la pena de seis meses de prisión por hechos cometidos en el año 1996 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Lorenzo Expósito Torralbo las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.