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Real Decreto 1762/2010, de 23 de diciembre, por el que se indulta a don Ismail El Barghouti.

BOE-A-2011-988·19 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 23 de diciembre de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Ismail El Barghouti, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Tarragona por un delito contra la salud pública cometido en 2002. El Real Decreto afecta directamente a Ismail El Barghouti, el condenado, y también indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años y nueve meses de prisión impuesta a Ismail El Barghouti por una pena reducida de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Ismail El Barghouti no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión de Ismail El Barghouti, pero estableciendo una condición para su validez: no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Ismail El Barghouti, condenado por la Audiencia Provincial de Tarragona, sección segunda, en sentencia de 19 de febrero de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y nueve meses de prisión y multa de cinco millones de euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Ismail El Barghouti la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.