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Real Decreto 1778/2009, de 13 de noviembre, por el que se indulta a don Mayel Seck.

BOE-A-2009-19629·5 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1778/2009, de 13 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Mayel Seck, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga por un delito de infracción de los derechos de propiedad intelectual. La sentencia original le impuso una pena de 15 meses de prisión, suspensión de cargo público y derecho de sufragio por el mismo tiempo, y una multa de 18 meses con una cuota diaria de seis euros. Este Real Decreto afecta directamente a Don Mayel Seck, el condenado, y de manera indirecta al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmutan las penas privativas de libertad y la multa pendientes de cumplimiento por una pena de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto significa que Don Mayel Seck no cumplirá la pena de prisión ni pagará la multa originalmente impuesta, sino que deberá realizar trabajos comunitarios. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a dos requisitos: Que Don Mayel Seck abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador. Esto implica que debe pagar la indemnización o compensación económica que se haya establecido en la sentencia original. Que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir las penas originales. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Don Mayel Seck, conmutando su pena de prisión y multa por trabajos comunitarios, pero sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones relacionadas con el pago de responsabilidades civiles y la no comisión de nuevos delitos.

Visto el expediente de indulto de don Mayel Seck, condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga, en sentencia de 3 de julio de 2007, como autor de un delito de infracción de los derechos de propiedad intelectual, a la pena de 15 meses de prisión con la accesoria de suspensión de cargo público y del derecho de sufragio por igual tiempo y multa de 18 meses con una cuota diaria de seis euros por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Mayel Seck las penas privativas de libertad y multa pendientes de cumplimiento por otra de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.