decretoVigente

Real Decreto 1864/2009, de 4 de diciembre, por el que se indulta a don José Aníbal García Pérez.

BOE-A-2010-277·6 de enero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a José Aníbal García Pérez, condenado por tenencia ilícita de armas. Se conmuta la pena de prisión pendiente por una multa de un año a razón de dos euros diarios, cuya forma de pago determinará el tribunal. El indulto está condicionado a no cometer delito doloso en dos años.

Visto el expediente de indulto de don José Aníbal García Pérez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife de Lanzarote, en sentencia de 24 de enero de 2008, como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante igual tiempo por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre de 2009,

Vengo en conmutar a don José Aníbal García Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.