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Real Decreto 1865/2009, de 4 de diciembre, por el que se indulta a don Eric Méndez Ribas.

BOE-A-2010-278·6 de enero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Eric Méndez Ribas, condenado por un delito de lesiones. Se conmuta la pena de prisión pendiente por 30 días de trabajo comunitario. El indulto está condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Eric Méndez Ribas, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Tarragona en sentencia de 14 de febrero de 2003, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Reus, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Eric Méndez Ribas la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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