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Real Decreto 187/2005, de 18 de febrero, por el que se indulta a don Albert Martí Solís.

BOE-A-2005-3553·3 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Albert Martí Solís, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en los tres años siguientes a la publicación del decreto. Afecta directamente al Sr. Martí Solís, modificando su condena original.

Visto el expediente de indulto de don Albert Martí Solís, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección novena, de Barcelona, en sentencia de 4 de noviembre de 2002, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 602 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2005,

Vengo en conmutar a don Albert Martí Solís la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de febrero de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.