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Real Decreto 187/2010, de 19 de febrero, por el que se indulta a don Senén Salvador González.

BOE-A-2010-4565·18 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 187/2010, emitido el 19 de febrero de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Senén Salvador González, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de tenencia ilícita y depósito de armas de guerra. La condena original era de cinco años de prisión e inhabilitación especial para el sufragio pasivo. El Real Decreto afecta directamente a don Senén Salvador González, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial en cuanto a la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena privativa de libertad de cinco años se conmuta por otra de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce a una pena menor. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que don Senén Salvador González no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese periodo, presumiblemente, la pena original podría ser restablecida. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica una evaluación de las circunstancias del caso. Autorización: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Senén Salvador González, condenado por la Audiencia Provincial, sección decimosexta, de Madrid, en sentencia de 16 de mayo de 2008, como autor de un delito de tenencia ilícita y depósito de armas de guerra a la pena de cinco años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de febrero de 2010,

Vengo en conmutar a don Senén Salvador González la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de febrero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.