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Real Decreto 1911/2008, de 14 de noviembre, por el que se indulta a doña Liliana Patricia Ramírez Bedoya.

BOE-A-2008-19500·3 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1911/2008, de fecha 14 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Liliana Patricia Ramírez Bedoya, reduciendo en dos años la pena de prisión de cinco años que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Segovia. La condena original se debió a un delito contra la salud pública cometido en 2006, por el cual también se le impuso una multa de 118.189,00 euros. El documento afecta directamente a doña Liliana Patricia Ramírez Bedoya, la persona indultada. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad en general, al ser una decisión de clemencia del Estado. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto Parcial: Se indultan dos años de la pena privativa de libertad impuesta a Liliana Patricia Ramírez Bedoya. Condición Resolutoria: El indulto está condicionado a que la beneficiaria no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, el indulto podría ser revocado y debería cumplir la pena restante. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto implica que se ha seguido un procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede una reducción de pena a una persona condenada por un delito contra la salud pública, sujeta a la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. Es una medida de gracia del Estado que se concede siguiendo un procedimiento legal específico.

Visto el expediente de indulto de doña Liliana Patricia Ramírez Bedoya, condenada por la Audiencia Provincial, sección primera, de Segovia, en sentencia de 14 de marzo de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión y multa de 118.189,00 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2008,

Vengo en indultar a doña Liliana Patricia Ramírez Bedoya dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de noviembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.