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Real Decreto 2009/2008, de 5 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Manuel Carmona López.

BOE-A-2009-150·5 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2009/2008, de fecha 5 de diciembre de 2008. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Manuel Carmona López, reduciendo en seis meses la pena privativa de libertad que le fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Motril. La condena original, dictada el 30 de junio de 2004, se debió a la comisión de cuatro delitos de robo con violencia en el año 2004, resultando en una pena de tres años y seis meses de prisión por cada delito, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Juan Manuel Carmona López, al reducir su pena de prisión. También afecta indirectamente a la administración de justicia, al modificar la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan seis meses de la pena privativa de libertad impuesta a Juan Manuel Carmona López. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: El Real Decreto se basa en el expediente de indulto, que incluye los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Aprobación: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de un individuo condenado por robo con violencia, sujeto al cumplimiento de una condición de no reincidencia.

Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Carmona López, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Motril, en sentencia de 30 de junio de 2004, como autor de cuatro delitos de robo con violencia, a la pena de tres años y seis meses de prisión por cada uno, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2008,

Vengo en indultar a don Juan Manuel Carmona López seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.