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Real Decreto 2014/2008, de 5 de diciembre, por el que se indulta a don Jorge José Expósito Pendón.

BOE-A-2009-155·5 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2014/2008, de fecha 5 de diciembre de 2008. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jorge José Expósito Pendón, quien fue condenado por un delito contra la salud pública. El indulto consiste en la conmutación de la pena privativa de libertad impuesta (tres años y un mes de prisión) por otra de dos años de prisión. El Real Decreto afecta directamente a Jorge José Expósito Pendón, el cual fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras por un delito cometido en 2006. Las disposiciones más relevantes son: La conmutación de la pena: Se reduce la pena de prisión original de tres años y un mes a dos años. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. La autoridad otorgante:** El indulto es concedido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y tras deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Jorge José Expósito Pendón, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras, en sentencia de 24 de abril de 2007, como autor de un delito consumado contra la salud pública, a la pena de tres años y un mes de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 11.000 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2008,

Vengo en conmutar a don Jorge José Expósito Pendón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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