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Real Decreto 2022/2009, de 23 de diciembre, por el que se indulta a don Francisco Pascual Peñalver Bermúdez.

BOE-A-2010-1748·4 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2022/2009, emitido el 23 de diciembre de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Francisco Pascual Peñalver Bermúdez, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Murcia por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El Real Decreto afecta directamente a Francisco Pascual Peñalver Bermúdez, el individuo condenado. Las disposiciones más relevantes son las siguientes: Conmutación de la pena: La pena de tres años de prisión impuesta a Francisco Pascual Peñalver Bermúdez se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condiciones del indulto: La conmutación de la pena está sujeta a dos condiciones: Que el indultado no abandone el tratamiento de rehabilitación que ha iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo ciertas condiciones relacionadas con su rehabilitación y buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Pascual Peñalver Bermúdez, condenado por la Audiencia Provincial Sección Primera de Murcia, en sentencia de 19 de junio de 2008, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 177,60 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Francisco Pascual Peñalver Bermúdez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.