decretoVigente

Real Decreto 2023/2008, de 5 de diciembre, por el que se indulta a don José Alberto Varona Alonso.

BOE-A-2009-164·5 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2023/2008, de fecha 5 de diciembre de 2008. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Alberto Varona Alonso, conmutando las penas privativas de libertad que le fueron impuestas por la Audiencia Provincial de Cantabria por una pena única de dos años de prisión. El indulto afecta directamente a José Alberto Varona Alonso, quien fue condenado por homicidio imprudente y un delito contra los derechos de los trabajadores. Las disposiciones más relevantes son: La conmutación de las penas: Se sustituyen las penas originales de un año y seis meses de prisión por homicidio imprudente y un año y dos meses de prisión y multa por el delito contra los derechos de los trabajadores, por una única pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que José Alberto Varona Alonso no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir las penas originales. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a José Alberto Varona Alonso, conmutando sus penas de prisión por una única pena de dos años, sujeta a la condición de no reincidir en delitos dolosos durante cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don José Alberto Varona Alonso, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección primera, en sentencia de 19 de febrero de 2007, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número uno de Santander, de fecha 24 de abril de 2006, como autor de un delito consumado de homicidio por imprudencia grave, a la pena de un año y seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y un delito contra los derechos de los trabajadores, a la pena de un año y dos meses de prisión y multa de ocho meses con una cuota diaria de 10 euros, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del consejo de ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2008,

Vengo en conmutar a don José Alberto Varona Alonso las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.