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Real Decreto 2042/2009, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Antonio del Bosque Reguero.

BOE-A-2010-1755·4 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 2042/2009, de 30 de diciembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Antonio del Bosque Reguero, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Segovia por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El Real Decreto afecta directamente a Juan Antonio del Bosque Reguero, modificando la pena impuesta por la Audiencia Provincial. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original de tres años de prisión por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Juan Antonio del Bosque Reguero no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto reduce la pena de prisión de Juan Antonio del Bosque Reguero, pero establece una condición de buena conducta durante un período determinado. Es una medida de gracia que se concede tras un proceso de evaluación y deliberación.

Visto el expediente de indulto de don Juan Antonio del Bosque Reguero, condenado por la Audiencia Provincial, sección única, de Segovia, en sentencia de 29 de mayo de 2008, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 607,20 euros por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Juan Antonio del Bosque Reguero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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