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Real Decreto 2048/2009, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don José Romero Romo.

BOE-A-2010-1761·4 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 2048/2009, de 30 de diciembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Romero Romo, reduciendo su pena privativa de libertad en cuatro meses. Romero Romo fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito continuado de estafa en concurso con un delito continuado de falsedad en documento privado. El Real Decreto afecta directamente a José Romero Romo, beneficiándolo con la reducción de su condena. También afecta indirectamente al sistema judicial y a la sociedad, al ser un acto de clemencia del poder ejecutivo. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan cuatro meses de la pena de prisión impuesta a José Romero Romo. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que José Romero Romo no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, el indulto será revocado y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don José Romero Romo, condenado por la Audiencia Provincial, sección vigésima tercera, de Madrid, en sentencia de 3 de febrero de 2006, como autor de un delito continuado de estafa en concurso con un delito continuado de falsedad en documento privado, a la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2009,

Vengo en indultar a don José Romero Romo cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.