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Real Decreto 207/2011, de 18 de febrero, por el que se indulta a don Albert Moreno Cobo.

BOE-A-2011-4592·12 de marzo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 18 de febrero de 2011. Su objeto principal es conmutar parcialmente la pena impuesta a Albert Moreno Cobo, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona por delitos de desórdenes públicos, daños continuados y atentado a agentes de la autoridad, cometidos en 2006. El Real Decreto afecta directamente a Albert Moreno Cobo, modificando su condena original. La condena inicial consistía en: Seis meses de prisión por desórdenes públicos. Dos años de prisión y multa por daños continuados. Un año de prisión por atentado a agentes de la autoridad. Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La disposición más relevante del Real Decreto es la conmutación de las penas privativas de libertad impuestas a Albert Moreno Cobo por una única pena de dos años de prisión. Esta conmutación está sujeta a la condición de que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. En caso de reincidencia, el indulto quedaría sin efecto y debería cumplir la totalidad de la condena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del tribunal fiscal, y fue propuesto por el Ministerio de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Albert Moreno Cobo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona, en sentencia de 12 de marzo de 2009, como autor de un delito de desórdenes públicos, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; un delito continuado de daños, a la pena de dos años de prisión, y multa de 18 meses con una cuota diaria de cuatro euros; un delito de atentado a agentes de la autoridad, a la pena de un año de prisión, y con las accesorias correspondientes, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del tribunal Fiscal, a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2011,

Vengo en conmutar a don Albert Moreno Cobo las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de febrero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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