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Real Decreto 2110/2008, de 19 de diciembre, por el que se indulta a don Carlos Augusto Hidalgo.

BOE-A-2009-895·19 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 2110/2008, emitido el 19 de diciembre de 2008. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Juan Carlos Augusto Hidalgo, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Cáceres por un delito contra la salud pública cometido en 1995. La sentencia original le impuso una pena de ocho años y un día de prisión mayor, una multa de 150.000.000 de pesetas, y la suspensión de todo cargo público y derechos de sufragio. Este Real Decreto afecta directamente a Juan Carlos Augusto Hidalgo, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original de ocho años y un día de prisión mayor por una pena de seis años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Juan Carlos Augusto Hidalgo no cometa ningún delito doloso en un plazo de seis años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, presumiblemente la conmutación podría ser revocada. Fundamentación:** El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Juan Carlos Augusto Hidalgo, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un período de seis años. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.

Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Augusto Hidalgo, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Cáceres, en sentencia de 5 de febrero de 1997, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de ocho años y un día de prisión mayor y multa de 150.000.000 de pesetas, con las accesorias legales de suspensión de todo cargo público y derechos de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de diciembre de 2008,

Vengo en conmutar a don Juan Carlos Augusto Hidalgo la pena privativa de libertad impuesta por otra de seis años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.