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Real Decreto 2158/2008, de 26 de diciembre, por el que se concede el indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Iván García Arregui.

BOE-A-2009-1742·2 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto parcial, específicamente el Real Decreto 2158/2008, de fecha 26 de diciembre de 2008. Su objeto principal es la concesión de un indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra, don Iván García Arregui. El indulto se refiere a la pena de prisión impuesta por el Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla, por un delito de "Abandono de destino" tipificado en el artículo 119 del Código Penal Militar. El decreto afecta directamente a Iván García Arregui, el soldado condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial militar y a la administración penitenciaria. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto Parcial: Se concede el indulto parcial respecto de la pena de tres meses y un día de prisión impuesta a Iván García Arregui, junto con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo. Remisión de la Pena: La pena original de prisión se reduce a un mes y quince días de prisión, manteniendo las accesorias legales correspondientes. Fundamento Legal: El decreto se basa en la propuesta de la Ministra de Defensa y la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y la Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto reduce la pena de prisión impuesta a un soldado por un delito militar, demostrando el ejercicio de la potestad de gracia por parte del Estado.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Iván García Arregui condenado por el Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla, en las Diligencias Preparatorias número 24/17/05, como autor de un delito de «Abandono de destino», previsto y penado en el artículo 119 del Código Penal Militar, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de diciembre de 2008,

Vengo en conceder al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Iván García Arregui el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de un mes y quince días de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 26 de diciembre de 2008.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,

CARME CHACÓN PIQUERAS

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