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Real Decreto 218/2005, de 25 de febrero, por el que se indulta a don José Bravo Redondo.

BOE-A-2005-4151·12 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a José Bravo Redondo, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años y seis meses por otra de dos años. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don José Bravo Redondo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba, en sentencia de 10 de noviembre de 2001, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de ocho millones de pesetas, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de febrero de 2005,

Vengo en conmutar a don José Bravo Redondo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de febrero de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.