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Real Decreto 232/2009, de 23 de febrero, por el que se indulta a don Óscar Rodríguez Real.

BOE-A-2009-5167·28 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 232/2009, de 23 de febrero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Óscar Rodríguez Real, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra por un delito de tráfico de drogas. El indulto no elimina la condena por completo, sino que conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión por otra de dos años. El Real Decreto afecta directamente a Óscar Rodríguez Real, el condenado, y a las autoridades judiciales encargadas de la ejecución de la sentencia. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión original de tres años se reduce a dos años. Condiciones del indulto: La conmutación está condicionada a que Óscar Rodríguez Real continúe y complete el tratamiento de rehabilitación que ya ha iniciado. Además, se establece un período de prueba de cinco años, durante el cual no debe cometer ningún delito doloso. Si incumple estas condiciones, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por tráfico de drogas, reduciendo su pena de prisión bajo ciertas condiciones de rehabilitación y buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Óscar Rodríguez Real, condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra, sección tercera, en sentencia de 3 de julio de 2003, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión y multa de 6.100 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Óscar Rodríguez Real la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.