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Real Decreto 2336/2004, de 17 de diciembre, por el que se indulta a don Rodolfo Cabotaje Corrales.

BOE-A-2005-679·14 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Rodolfo Cabotaje Corrales, condenado por un delito de lesiones. Se conmuta la pena de tres años de prisión por otra de dos años. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Rodolfo Cabotaje Corrales, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, incoado en virtud de la exposición elevada al Gobierno, al amparo de lo establecido en el artículo 4.3 del Código Penal, por la Audiencia Provincial, sección decimoquinta, de Madrid, que, en sentencia de 10 de mayo de 2001, le condenó, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de diciembre de 2004, Vengo en conmutar a don Rodolfo Cabotaje Corrales la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 17 de diciembre de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

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