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Real Decreto 24/2011, de 7 de enero, por el que se indulta a doña Carmen Jiménez Jiménez.

BOE-A-2011-1403·26 de enero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido el 7 de enero de 2011 por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, y previa deliberación del Consejo de Ministros. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a doña Carmen Jiménez Jiménez, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Pontevedra por un delito contra la salud pública cometido en 2009. La sentencia original la condenó a tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 500 euros. El Real Decreto afecta directamente a doña Carmen Jiménez Jiménez, la persona indultada. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años impuesta originalmente por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que doña Carmen Jiménez Jiménez no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Carmen Jiménez Jiménez, reduciendo su pena de prisión a cambio de su buen comportamiento durante un período de prueba de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de doña Carmen Jiménez Jiménez, condenada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, sección cuarta, en sentencia de 10 de junio de 2010, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 500 euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de enero de 2011,

Vengo en conmutar a doña Carmen Jiménez Jiménez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.