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Real Decreto 261/2005, de 4 de marzo, por el que se indulta a don Andrés Fresneda Llobera.

BOE-A-2005-4464·17 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Andrés Fresneda Llobera, condenado por robo con violencia. Se conmuta la pena de prisión pendiente por una multa de 365 días a razón de dos euros diarios. El indulto está condicionado a no abandonar su tratamiento de rehabilitación y a no delinquir dolosamente en tres años.

Visto el expediente de indulto de don Andrés Fresneda Llobera, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Palma de Mallorca, en sentencia de 24 de julio de 2002, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de un año y seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005,

Vengo en conmutar a don Andrés Fresneda Llobera la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 365 días de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.