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Real Decreto 278/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a don Francisco Guerrero García.

BOE-A-2019-5714·15 de abril de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 278/2019, de 12 de abril. Su objeto principal es conceder el indulto a don Francisco Guerrero García, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza por delitos contra la salud pública y receptación. La sentencia le impuso una pena de dos años de prisión y multa de doce mil euros por el primer delito, y seis meses de prisión por el segundo, ambos con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas. Los delitos fueron cometidos en 2014. Este decreto afecta directamente a Francisco Guerrero García, el condenado, y de manera indirecta al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a Francisco Guerrero García de las penas privativas de libertad que aún debe cumplir. El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir las penas originales. El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y se justifica en razones de justicia y equidad, considerando las circunstancias del condenado. El decreto es propuesto por la Ministra de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. El decreto está firmado por el Rey Felipe VI y la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García. En resumen, el Real Decreto concede un indulto condicionado a un individuo condenado por delitos relacionados con drogas y receptación, liberándolo de cumplir las penas de prisión pendientes, siempre y cuando no reincida en un periodo de dos años.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Guerrero García, promovido por la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad y del Santo Sepulcro de Zaragoza, condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección primera, en sentencia de 28 de abril de 2016, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de dos años de prisión y multa de doce mil euros, y un delito de receptación a la pena de seis meses de prisión y, en ambos casos, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,

Vengo en indultar a don Francisco Guerrero García las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

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