decretoVigente

Real Decreto 281/2010, de 5 de marzo, por el que se indulta a don Manuel Narváez Morente.

BOE-A-2010-5630·8 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 281/2010, de 5 de marzo. Su objeto principal es conmutar la pena privativa de libertad impuesta a don Manuel Narváez Morente. El Real Decreto afecta directamente a Manuel Narváez Morente, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Alicante por delitos de tenencia ilícita de armas y contra la salud pública, recibiendo una pena total de dos años y dos meses de prisión y una multa. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de dos años y dos meses de prisión por una pena única de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Manuel Narváez Morente no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Manuel Narváez Morente, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un período de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Narváez Morente, condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Alicante, en sentencia de 4 de octubre de 2005, como autor de un delito de tenencia ilícita de armas y un delito contra la salud pública, a la pena de un año y un mes de prisión por cada uno de los delitos (total dos años y dos meses de prisión) y multa de 787,52 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las respectivas condenas por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de marzo de 2010,

Vengo en conmutar a don Manuel Narváez Morente las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.