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Real Decreto 321/2009, de 6 de marzo, por el que se indulta a don Salvador Palao Pascual.

BOE-A-2009-5001·25 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 321/2009, de 6 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Salvador Palao Pascual, reduciendo en cuatro meses la pena privativa de libertad que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Murcia por un delito de robo con violencia e intimidación cometido en 1997. El Real Decreto afecta directamente a don Salvador Palao Pascual, el beneficiario del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial: Se le indultan cuatro meses de la pena de prisión impuesta. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que don Salvador Palao Pascual no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. La justificación: El indulto se concede tras la consideración de los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. La firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Salvador Palao Pascual, condenado por la Audiencia Provincial de Murcia, sección primera, en sentencia de 3 de marzo de 1999, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con accesorias, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,

Vengo en indultar a don Salvador Palao Pascual cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.