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Real Decreto 32/2019, de 25 de enero, por el que se indulta a don Jorge Montes de Jesús.

BOE-A-2019-1016·28 de enero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, emitido el 25 de enero de 2019 por el Rey Felipe VI, a propuesta de la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García. El objeto principal del Real Decreto es conceder el indulto parcial a don Jorge Montes de Jesús, específicamente la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca en 2016 por un delito de sustracción de menores cometido en 2015. La sentencia original también incluía una pena de dos años de prisión y la inhabilitación para el sufragio pasivo, pero el indulto solo afecta a la inhabilitación de la patria potestad. El Real Decreto afecta directamente a Jorge Montes de Jesús, ya que le permite recuperar el derecho a ejercer la patria potestad sobre sus hijos. También afecta indirectamente a la administración de justicia, al modificar parcialmente una sentencia judicial firme. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial, limitándose a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad. El establecimiento de una condición resolutoria: el indulto está condicionado a que Jorge Montes de Jesús no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto. La justificación del indulto se basa en "razones de justicia y equidad", considerando las circunstancias del condenado y la información contenida en el expediente. La firma del Rey y la refrendación por la Ministra de Justicia, que son requisitos formales para la validez del Real Decreto.

Visto el expediente de indulto de don Jorge Montes de Jesús, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca, en sentencia de 10 de octubre de 2016, como autor de un delito de sustracción de menores, a la pena de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por tiempo de cuatro años, por hechos cometidos en el año 2015, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de enero de 2019,

Vengo en indultar a don Jorge Montes de Jesús la pena privativa de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de enero de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.