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Real Decreto 323/2009, de 6 de marzo, por el que se indulta a don Francisco Sánchez Martín.

BOE-A-2009-5003·25 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 6 de marzo de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Francisco Sánchez Martín, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila por un delito de quebrantamiento de condena. El Real Decreto afecta directamente a Francisco Sánchez Martín, el condenado, y a las autoridades judiciales responsables de la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes del decreto son: Conmutación de la pena: La pena de un año de prisión impuesta a Francisco Sánchez Martín se conmuta por una pena de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto significa que en lugar de ir a prisión, deberá realizar trabajos comunitarios durante ese período. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Francisco Sánchez Martín no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación de la pena quedará sin efecto y deberá cumplir la pena de prisión original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado las circunstancias del caso antes de conceder el indulto. Proceso: El indulto se concede a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legalmente establecido. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Francisco Sánchez Martín, sustituyendo su pena de prisión por trabajos comunitarios, con la condición de que no vuelva a delinquir en un plazo determinado. El documento refleja un acto de clemencia del Estado, basado en el análisis de las circunstancias del caso y siguiendo el procedimiento legal correspondiente.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Sánchez Martín, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila, en sentencia de 16 de octubre de 2007, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de marzo de 2009,

Vengo en conmutar a don Francisco Sánchez Martín la pena privativa de libertad impuesta por otra de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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