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Real Decreto 326/2010, de 15 de marzo, por el que se indulta a don Hugo Fernando Cortes Hurtado.

BOE-A-2010-5694·9 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 326/2010, de 15 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Hugo Fernando Cortes Hurtado, reduciendo su pena de prisión. El documento afecta directamente a Hugo Fernando Cortes Hurtado, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real por un delito contra la salud pública. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados para la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta a Hugo Fernando Cortes Hurtado. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede una reducción de pena condicionada a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, basándose en informes judiciales y la decisión del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Hugo Fernando Cortes Hurtado, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Ciudad Real, en sentencia de 3 de marzo de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y multa de 90.000 euros por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de marzo de 2010,

Vengo en indultar a don Hugo Fernando Cortes Hurtado cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.