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Real Decreto 330/2010, de 15 de marzo, por el que se indulta a don José Antonio Mola Lozano.

BOE-A-2010-5698·9 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a José Antonio Mola Lozano, condenado por tenencia ilícita de armas. Se conmuta la pena de cinco años de prisión por otra de dos años, afectando directamente al condenado. La concesión está condicionada a no cometer delito doloso en seis años.

Visto el expediente de indulto de don José Antonio Mola Lozano, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Málaga, en sentencia de 11 de marzo de 2008, como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de cinco años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de cumplimiento de la condena por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de marzo de 2010,

Vengo en conmutar a don José Antonio Mola Lozano la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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