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Real Decreto 331/2010, de 15 de marzo, por el que se indulta a don Jesús Rodríguez Garrido.

BOE-A-2010-5699·9 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Jesús Rodríguez Garrido, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años y seis meses por otra de dos años, siempre que continúe su tratamiento de rehabilitación y no cometa un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Rodríguez Garrido, modificando las condiciones de su condena.

Visto el expediente de indulto de don Jesús Rodríguez Garrido, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Huelva, en sentencia de 28 de junio de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 60.000 euros por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de marzo de 2010,

Vengo en conmutar a don Jesús Rodríguez Garrido la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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