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Real Decreto 33/2013, de 18 de enero, por el que se indulta a doña Eva María Martínez Sánchez.

BOE-A-2013-1131·2 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 33/2013, emitido el 18 de enero de 2013. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Eva María Martínez Sánchez, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por un delito contra la salud pública cometido en 2009. La sentencia original la condenó a tres años de prisión, una multa de 250 euros y la inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Eva María Martínez Sánchez, la persona indultada. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de prisión de tres años impuesta a Eva María Martínez Sánchez por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de su encarcelamiento. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Eva María Martínez Sánchez no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se consideraron las circunstancias del caso y la opinión de las autoridades judiciales antes de tomar la decisión de indultar. Aprobación: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que demuestra que la decisión de indultar fue tomada a nivel gubernamental. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de doña Eva María Martínez Sánchez, condenada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, sección primera, en sentencia de 9 de febrero de 2011, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 250 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de enero de 2013,

Vengo en conmutar a doña Eva María Martínez Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de enero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.