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Real Decreto 333/2005, de 18 de marzo, por el que se indulta a doña Encarnación Vázquez Hernández.

BOE-A-2005-5625·7 de abril de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 333/2005, de 18 de marzo. Su objeto principal es conceder el indulto a Doña Encarnación Vázquez Hernández, liberándola de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. La señora Vázquez Hernández había sido condenada por la Audiencia Provincial de Cantabria por un delito contra la salud pública cometido en 1999. El decreto afecta directamente a Doña Encarnación Vázquez Hernández, beneficiándola con la remisión de la pena de prisión. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad en general, al ser un acto de clemencia del poder ejecutivo. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto: Se indulta a Doña Encarnación Vázquez Hernández de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que la beneficiaria no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de ese plazo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, así como en la propuesta del Ministro de Justicia y la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar.

Visto el expediente de indulto de doña Encarnación Vázquez Hernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Cantabria, en sentencia de 5 de octubre de 2000, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 54.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2005,

Vengo en indultar a doña Encarnación Vázquez Hernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.