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Real Decreto 339/2011, de 4 de marzo, por el que se indulta a don Urko Martín Pérez.

BOE-A-2011-5425·25 de marzo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 339/2011, de 4 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Urko Martín Pérez, condenado por un delito de lesiones. En lugar de extinguir la pena por completo, el Real Decreto conmuta la pena privativa de libertad (5 meses de prisión) que le quedaba por cumplir por una pena de multa de 10 meses, a razón de 4 euros diarios. El Real Decreto afecta directamente a don Urko Martín Pérez, el condenado, y también indirectamente al sistema judicial, al modificar la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Bizkaia. Las disposiciones más relevantes son: La conmutación de la pena de prisión por una pena de multa. El importe de la multa: 10 meses a razón de 4 euros diarios. La condición para que el indulto sea efectivo: que don Urko Martín Pérez no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese periodo, el indulto queda sin efecto y deberá cumplir la pena original. La autoridad que concede el indulto: El Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por lesiones, sustituyendo la pena de prisión por una multa, bajo la condición de no reincidir en delitos dolosos en un plazo de dos años.

Visto el expediente de indulto de don Urko Martín Pérez, condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, sección segunda, en sentencia de 31 de enero de 2007, como autor de un delito de lesiones, a la pena de 5 meses de prisión y accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2011,

Vengo en conmutar a don Urko Martín Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 10 meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de 4 euros, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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