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Real Decreto 352/2010, de 19 de marzo, por el que se indulta a don Juan Devesa Villaseco.

BOE-A-2010-4876·24 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 352/2010, de 19 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Devesa Villaseco, reduciendo en un año la pena privativa de libertad que le fue impuesta. El Real Decreto afecta directamente a Juan Devesa Villaseco, quien fue condenado por un delito de robo con violencia e intimidación con empleo de arma peligrosa. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, que emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Juan Devesa Villaseco un año de la pena de prisión impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a dos requisitos: Que el beneficiario abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia dentro del plazo establecido por el tribunal sentenciador. Que no vuelva a cometer ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría revocar el indulto. Fundamentación: El indulto se concede tras la consideración de los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Juan Devesa Villaseco, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería, en sentencia de 12 de noviembre de 2008, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación con empleo de arma peligrosa, a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de marzo de 2010,

Vengo en indultar a don Juan Devesa Villaseco un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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