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Real Decreto 357/2010, de 19 de marzo, por el que se indulta a don Diego Machado Morillo.

BOE-A-2010-4881·24 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 357/2010, de 19 de marzo. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a don Diego Machado Morillo por un delito contra la salud pública. El documento afecta directamente a Diego Machado Morillo, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a tres años y un mes de prisión y una multa de 18.000 euros por un delito cometido en 2005. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: La pena privativa de libertad de tres años y un mes se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Diego Machado Morillo no cometa ningún delito doloso en el plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Diego Machado Morillo, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en los siguientes cuatro años. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Diego Machado Morillo, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección tercera, en sentencia de 24 de julio de 2007, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y un mes de prisión y multa de 18.000 euros, con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante ese plazo, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de marzo de 2010,

Vengo en conmutar a don Diego Machado Morillo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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