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Real Decreto 363/2020, de 11 de febrero, por el que se indulta a don Luis Aznar Ruiz.

BOE-A-2020-2135·13 de febrero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Luis Aznar Ruiz, condenado por robo con fuerza. Afecta directamente al Sr. Aznar Ruiz, eximiéndole de la pena de prisión pendiente. El indulto está condicionado a que continúe su tratamiento de rehabilitación y no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Luis Aznar Ruiz, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, en sentencia de 14 de diciembre de 2012, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de 2020,

Vengo en indultar a don Luis Aznar Ruiz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de febrero de 2020.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

JUAN CARLOS CAMPO MORENO

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