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Real Decreto 37/2013, de 18 de enero, por el que se indulta a doña Cristina Somu.

BOE-A-2013-1135·2 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 18 de enero de 2013. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Cristina Somu, reduciendo su pena privativa de libertad en tres meses. El documento afecta directamente a Cristina Somu, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Castellón por un delito contra la salud pública y un delito de falsedad en documento oficial. La sentencia original la condenó a seis años y un día de prisión, inhabilitación especial para el sufragio y una multa de 102.471 euros por el delito contra la salud pública, y a seis meses de prisión y multa por el delito de falsedad. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan tres meses de las penas privativas de libertad impuestas a Cristina Somu. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Cristina Somu no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Procedimiento: El expediente de indulto fue instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 de la Comunidad Valenciana, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario. En resumen, el Real Decreto otorga un beneficio penitenciario a Cristina Somu, reduciendo su tiempo en prisión, pero estableciendo una condición para evitar la reincidencia. El documento refleja un proceso legal que involucra a diversas instancias judiciales y gubernamentales.

Visto el expediente de indulto de doña Cristina Somu, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 de la Comunidad Valenciana, Castellón de La Plana-Castellón, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenada por la Audiencia Provincial de Castellón, sección primera, en sentencia de 11 de septiembre de 2009, revisada por Auto de dicha Audiencia Provincial de 23 de diciembre de 2010, con efecto a partir de esa fecha, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, y multa de 102.471 euros y un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de seis meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de enero de 2013,

Vengo en indultar a doña Cristina Somu tres meses de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de enero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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