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Real Decreto 389/2010, de 26 de marzo, por el que se indulta a don Antonio Sánchez Fariñas.

BOE-A-2010-6163·17 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 389/2010, de 26 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Antonio Sánchez Fariñas, reduciendo su pena de prisión. El documento afecta directamente a Antonio Sánchez Fariñas, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por delitos de alzamiento de bienes e insolvencia punible. También afecta indirectamente al sistema judicial y a la sociedad en general, al tratarse de una prerrogativa del poder ejecutivo que modifica una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Antonio Sánchez Fariñas un año de la pena privativa de libertad impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Antonio Sánchez Fariñas no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del poder ejecutivo que reduce la pena de prisión de un individuo condenado, sujeto al cumplimiento de una condición específica.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Sánchez Fariñas, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 14 de octubre de 2005, como autor de un delito de alzamiento de bienes y de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de ocho meses con una cuota diaria de 20 euros por hechos cometidos en los años 1999-2000 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 2010,

Vengo en indultar a don Antonio Sánchez Fariñas un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 26 de marzo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.