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Real Decreto 406/2011, de 18 de marzo, por el que se indulta a don Francisco Javier Corral Padilla.

BOE-A-2011-6310·8 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 406/2011, emitido el 18 de marzo de 2011. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a don Francisco Javier Corral Padilla, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo y una multa de 500 euros. El Real Decreto afecta directamente a Francisco Javier Corral Padilla, el condenado, y a la administración de justicia. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se reduce la pena privativa de libertad de tres años a dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Francisco Javier Corral Padilla no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Justificación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Francisco Javier Corral Padilla, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. El documento refleja una decisión gubernamental basada en la evaluación de los informes judiciales y fiscales pertinentes.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Corral Padilla, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección octava, con sede en Jerez de la Frontera, en sentencia de 4 de octubre de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 500 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2011,

Vengo en conmutar a don Francisco Javier Corral Padilla la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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