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Real Decreto 42/2013, de 25 de enero, por el que se indulta a don Julio Alberto Artiles Ceballos.

BOE-A-2013-1491·12 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 42/2013, de 25 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Julio Alberto Artiles Ceballos, reduciendo su pena de prisión. Se le indultan dieciocho meses de la pena privativa de libertad que le fue impuesta. El Real Decreto afecta directamente a Julio Alberto Artiles Ceballos, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito contra la salud pública cometido en 2007. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, ya que sus informes fueron considerados en la decisión. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial: Se reduce la pena de prisión impuesta a Julio Alberto Artiles Ceballos en dieciocho meses. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. La base legal: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. La firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. Esto confirma su validez y entrada en vigor.

Visto el expediente de indulto de don Julio Alberto Artiles Ceballos, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección segunda, en sentencia de 28 de mayo de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 200 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de enero de 2013,

Vengo en indultar a don Julio Alberto Artiles Ceballos dieciocho meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de enero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.