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Real Decreto 425/2009, de 20 de marzo, por el que se indulta a don Santiago Muñoz Jiménez.

BOE-A-2009-6231·14 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Santiago Muñoz Jiménez, condenado por varios delitos de robo con intimidación y hurto. La medida afecta directamente al Sr. Muñoz Jiménez, reduciendo en cuatro años las penas de prisión impuestas. El indulto está condicionado a que continúe su tratamiento de rehabilitación y no cometa nuevos delitos dolosos en un plazo de 10 años.

Visto el expediente de indulto de don Santiago Muñoz Jiménez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Zaragoza, en sentencia de 31 de julio de 2006, como autor de dos delitos de robo con intimidación, a la pena de dos años de prisión por cada uno de los delitos y de dos delitos de robo con intimidación y uso de armas, a la pena de tres años y seis meses por cada uno de los delitos, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo de 2009,

Vengo en indultar a don Santiago Muñoz Jiménez cuatro años de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de 10 años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.