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Real Decreto 480/2009, de 27 de marzo, por el que se indulta a doña Luz María Velasco Martínez.

BOE-A-2009-6245·14 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 480/2009, de 27 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Luz María Velasco Martínez, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Huelva por delitos continuados de falsedad en documento mercantil y estafa. El Real Decreto afecta directamente a Doña Luz María Velasco Martínez, la persona indultada. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que modifica la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original (un año y nueve meses por falsedad y un año por estafa) por una pena única de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Doña Luz María Velasco Martínez no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación se revoca y deberá cumplir la pena original. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por delitos económicos, reduciendo su pena de prisión y estableciendo una condición para que el beneficio se mantenga en el tiempo.

Visto el expediente de indulto de doña Luz María Velasco Martínez, condenada por la Audiencia Provincial de Huelva, sección tercera, en sentencia de 20 de junio de 2007, como autora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de un año y nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de nueve meses con una cuota diaria de dos euros y de un delito continuado de estafa, a la pena de un año de prisión con la misma accesoria y multa de seis meses con una cuota diaria de dos euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de marzo de 2009,

Vengo en conmutar a doña Luz María Velasco Martínez las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.