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Real Decreto 49/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a don Mimoun Arrachidi.

BOE-A-2009-3178·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 49/2009, de 23 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mimoun Arrachidi, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Girona por un delito contra la salud pública cometido en 2001. El Real Decreto afecta directamente a Mimoun Arrachidi, el condenado, y a la administración de justicia, al modificar la pena impuesta por la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión de tres años impuesta a Mimoun Arrachidi se conmuta por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condiciones del indulto: El indulto está sujeto a dos condiciones resolutorias: Que el indultado no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Esto sugiere que el delito cometido por Arrachidi podría estar relacionado con problemas de adicción. Que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del Real Decreto. Si incumple cualquiera de estas condiciones, el indulto podría ser revocado y Arrachidi tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se han considerado las circunstancias del caso antes de conceder el indulto. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a Mimoun Arrachidi, reduciendo su pena de prisión y estableciendo requisitos para su rehabilitación y buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Mimoun Arrachidi, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera, en sentencia de 10 de diciembre de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.112,86 euros, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a don Mimoun Arrachidi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.