Visto el expediente de indulto de don Enric Castelltort Schroer, condenado por el Juzgado de lo Penal número 18 de Barcelona, en sentencia de 13 de noviembre de 2009, como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a conducir vehículos de motor o ciclomotores por dos años, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don Enric Castelltort Schroer la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ