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Real Decreto 519/2012, de 9 de marzo, por el que se indulta a don Eudes Casimiro Méndez Pérez.

BOE-A-2012-4218·27 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 519/2012, de 9 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Eudes Casimiro Méndez Pérez, reduciendo su pena privativa de libertad en dos años. El documento afecta directamente a don Eudes Casimiro Méndez Pérez, quien fue condenado por el Tribunal Regional de Stuttgart por un delito contra la salud pública cometido en 2004. Indirectamente, afecta a la administración de justicia y a la sociedad en general, al modificar la ejecución de una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan dos años de la pena de prisión impuesta a Eudes Casimiro Méndez Pérez. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes de la Audiencia Nacional y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se ha realizado un análisis de la situación del condenado y de las circunstancias del delito. Autoridad competente: El indulto es concedido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, lo que subraya la importancia y el carácter excepcional de esta medida de gracia. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, representando una excepción a la ejecución ordinaria de la justicia penal.

Visto el expediente de indulto de don Eudes Casimiro Méndez Pérez, condenado por el Tribunal Regional de Stuttgart, en sentencia de 2 de octubre de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de ocho años y nueve meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes de la Audiencia Nacional y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,

Vengo en indultar a don Eudes Casimiro Méndez Pérez dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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