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Real Decreto 523/2012, de 9 de marzo, por el que se indulta a don Matías Rodríguez Benítez.

BOE-A-2012-4222·27 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 523/2012, de 9 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Matías Rodríguez Benítez, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Huelva por un delito contra la salud pública. El Real Decreto afecta directamente a Matías Rodríguez Benítez, modificando la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, que emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Matías Rodríguez Benítez por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad que debe cumplir. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Matías Rodríguez Benítez no cometa ningún delito doloso en el plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se han considerado las circunstancias del caso y la opinión de las autoridades judiciales antes de tomar la decisión de conceder el indulto. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto otorga un indulto parcial a Matías Rodríguez Benítez, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un período de tres años. La decisión se basa en informes judiciales y fue aprobada por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Matías Rodríguez Benítez, condenado por la Audiencia Provincial de Huelva, Sección Primera, en sentencia de 4 de marzo de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 2.100 euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Matías Rodríguez Benítez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.