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Real Decreto 526/2011, de 8 de abril, por el que se indulta a don José María Calvo Barrios.

BOE-A-2011-6736·14 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 526/2011, de 8 de abril. Su objeto principal es conceder el indulto a don José María Calvo Barrios, quien fue condenado por un delito de robo con violencia e intimidación a una pena de cuatro años de prisión y la inhabilitación para el sufragio pasivo. La condena fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid en 2004, por hechos cometidos en 2001. El Real Decreto afecta directamente a José María Calvo Barrios, liberándolo de la pena privativa de libertad que aún tenía pendiente de cumplimiento. Las disposiciones más relevantes son: Se le indulta de la pena de prisión pendiente. El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, el indulto quedará revocado y deberá cumplir la pena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el documento concede un perdón parcial (indulto) a un individuo condenado por robo, liberándolo de la pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un periodo determinado.

Visto el expediente de indulto de don José María Calvo Barrios, condenado por el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid, en sentencia de 10 de junio de 2004, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación a la pena de cuatro años de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2011,

Vengo en indultar a don José María Calvo Barrios la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.